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PRINCIPALES CAMBIOS DEL NUEVO REGLAMENTO EUROPEO DE PRODUCTOS ECOLÓGICOS

04/01/2022

A pesar de las reticencias de algunas organizaciones del sector y tras haberse retrasado un año por la pandemia del coronavirus, con el comienzo de 2022 ha entrado en vigor la nueva regulación europea para el sector de la producción ecológica.

A finales de 2011, menos de tres años después de su puesta en funcionamiento, la Comisión Europea empezó a revisar el marco legislativo de la agricultura ecológica, comenzando un largo proceso para llegar finalmente, casi siete años después, a la publicación del Reglamento (UE) 2018/848 de 30 de mayo de 2018 que el pasado uno de enero, ha derogado la normativa aplicada anteriormente desde 2009.

El nuevo Reglamento de la UE, ¿Qué ha cambiado?

Según la Comisión, la nueva regulación europea para el sector de la producción ecológica es reflejo de la evolución de un sector en gran crecimiento, incorporando cambios para garantizar la competencia leal entre agricultores europeos y de terceros países, evitar el fraude y mantener la confianza de los consumidores.

A partir de ahora se pueden certificar nuevos productos como ecológicos, como por ejemplo sal, aceites esenciales, levaduras, tapones de corcho, algodón sin cardar, lana y pieles entre otros. También se añaden conejos y ciervos como nuevas especies animales.

Una de las principales novedades es la certificación de grupos de operadores. Una modalidad aplicable a determinadas tipologías de productores que comercialicen de forma conjunta y que establezcan un sistema de control interno en una organización que debe tener personalidad jurídica. Además de cumplir también una serie de requisitos de tamaño y localización, se deberá tener en cuenta que los incumplimientos individuales pueden afectar al certificado de la agrupación.

Reglas para agricultores y ganaderos

El concepto de agricultura en estrecha relación con el suelo se refuerza en el nuevo reglamento, estableciéndose criterios específicos de rotación de cultivos y mejora de la fertilidad de los suelos. Se incluyen en el texto, técnicas para el control de plagas y enfermedades, como la biofumigación y la solarización. De especial importancia es la nueva definición del material de reproducción vegetativa, incluyendo además de las semillas, las plántulas y esquejes, entre otros.

En el caso de los ganaderos, se establece unos porcentajes más elevados de piensos que deben provenir de la propia explotación o de la misma región. El 70% de los piensos para ganadería bovina y el 30% para porcina y avicultura deben ser de origen regional. Anteriormente, estos porcentajes eran 60% y 20% respectivamente.

Alimentos elaborados

El principal cambio para la elaboración de alimentos ecológicos es relativo al uso de aromas naturales, permitiéndose ahora aquellos cuya fuente sea única en un 95%. Por ejemplo, solo se permitirá que el «aroma natural de limón», se haya obtenido en al menos un 95% del limón.

La nueva regulación europea para el sector de la producción ecológica incluye también un listado restringido de productos autorizados para la limpieza y desinfección en edificios e instalaciones de producción vegetal.

Control y certificación

Además de la certificación grupal antes mencionada, la otra novedad es que la inspección física anual no será obligatoria para todos. Anteriormente esto se aplicaba al 100% de las explotaciones e industrias certificadas. En este sentido, se hace una excepción para aquellos operadores calificados como de bajo riesgo que podrán ser inspeccionados cada 24 meses en lugar de cada año.

Por otro lado, cuando se detecten sustancias no autorizadas en los cultivos o en las instalaciones, se procederá al bloqueo e investigación obligatoria (con sospecha fundamentada), prohibiéndose el uso de la denominación como ecológico hasta el resultado final de la comprobación oficial.

Los minoristas que solo venden productos orgánicos preenvasados ​​no necesitarán certificación, aunque estarán sujetos a los controles oficiales. Además, las Comunidades Autónomas pueden decidir eximir de la certificación a los agricultores que venden pequeñas cantidades de productos ecológicos directamente al consumidor final.

En relación con las importaciones, los productores de países no pertenecientes a la Unión Europea tienen que cumplir las mismas normas que los productores europeos, de forma que cuando no exista un acuerdo comercial con el país de origen, se deberá recurrir a la lista de organismos o autoridades de control reconocidos y autorizados para realizar certificaciones en terceros países.

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